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Finanças

El aguinaldo es obligatorio y debe pagar impuestos ante el Fisco por De la Paz, Costemalle DFK

México
03 janeiro 2022

La fecha límite para cubrir el aguinaldo era el 20 de diciembre. El aguinaldo debe ser declarado ante el SAT

De la Paz, Costemalle DFK

De la Paz, Costemalle DFK

De la Paz, Costemalle DFK

Autor/copyright: De la Paz, Costemalle DFK

Es época de fin de año y en este periodo todas las empresas tienen la obligación por ley de brindar a sus colaboradores su aguinaldo, la fecha límite para cubrir esta obligación es el 20 de diciembre.

El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores establecido en la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87. Todas las personas trabajadoras deben recibirlo cada año sin excepción en el país.

El aguinaldo no está exentó de impuestos por lo que es importante saber que el SAT (Servicios de Administración Tributaria) estará monitoreando estos movimientos bancarios.

Todo depósito en una cuenta bancaria debe ser reportado ante el SAT y este debe pagar impuestos. Aunque se ha mencionado que el SAT va principalmente detrás de las grandes empresas, esto no exenta a las personas físicas de pagar sus impuestos en todo momento.

Actualmente los colaboradores se encuentran preocupados, tienen razón en cierto grado, ya que, las cuentas por pagar son grandes y el saber que el aguinaldo debe estar sujeto a impuestos lo hace más pequeño, poniendo en estrés a los contribuyentes que a duras penas van sacando las cuentas a flote. Aseguran los expertos en De la Paz, Costemalle DFK.

Otro problema al que se puede enfrentar el contribuyente es al realizar un traspaso de dinero de una cuenta a otra, ya que el SAT lo identificará como un ingreso. La ley no establece montos mínimos ni máximos, son cualquier depósito.

Es por eso que hay que considerar que, al le deposita a un familiar, se recomienda dejar transparente la ruta del dinero; ya que el origen puede ser lícito o ilícito: “Si es lícito, proviene de las actividades registradas por las que el contribuyente paga impuestos, como lo es un sueldo, honorario, un CFDI, proviene del pago de una renta, dinero que ya pagó un impuesto, sea IVA o ISR", asegura Jun Pacheco, Socio director en De la Paz, Costemalle DFK.

Pero esto no deja exentó al usuario de que, la autoridad fiscal detecte ese movimiento en la cuenta bancaria y lo va a considerar como un ingreso y exigirá el pago de impuestos determinados bajo el concepto de “Determinación Presuntiva”.

En estos casos, el contribuyente tras ser notificado, debe proceder a hacer una aclaración ante el SAT, donde se señala que el dinero procede de una fuente que ya pagó sus contribuciones, por lo que son recursos que no deben considerarse ingresos y están exentos del pago de impuestos.

Para realizar aclaraciones, los especialistas en De la Paz, Costemalle DFK recomiendan acudir con los especialistas para hacerlo de forma correcta, y saber que hacer en caso de requerir algo más específico, sin embargo, los usuarios pueden hacerlo de forma personal.

Se deberá ingresar a Mi Portal o al Buzón Tributario en la página del SAT: Para demostrar a la autoridad fiscal que no se trata de un ingreso, el contribuyente deberá presentar los siguientes documentos: estados de cuenta, papeles de trabajo y copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre.

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